Llega el Ciclo Tertulia Histórica con la conferencia "la Desamortización de Mendizábal". La ponente será la socia del Ateneo, Dña. María Victoria Rodríguez. La desamortización es el proceso de convertir en propiedad individual lo que antes eran derechos señoriales. El término proviene de que, antes de 1811, los bienes que no se podían vender ni comprar se decía que estaban en “manos muertas”. Ponerles en el mercado era resucitarles, desamortizarles. Las tres Leyes de Desamortización básicas son:
El 19 de febrero de 1836 hubo un decreto declarando en venta, por sistema de subasta, las tierras de las órdenes religiosas suprimidas, tierras convertidas en “bienes nacionales”. Sólo las de órdenes suprimidas. El decreto de supresión se había dado el 11 de octubre de 1835 y la venta de bienes estaba siendo ejecutada en ese momento. El 29 de julio de 1837 se desamortizaban los bienes del clero regular de cualquier tipo y se sumaban los del clero secular. Estas leyes fueron revitalizadas por Espartero en Ley de 2 de septiembre de 1841, vigente hasta 8 de agosto de 1844.